Nuevas reglas amplían la certificación a agentes de carga y transportistas aéreos

 

Modificación del Procedimiento General “Certificación del Operador Económico Autorizado”
DESPA-PG.29 (Versión 4)

 

El Programa de Operador Económico Autorizado (OEA) de la SUNAT inició 2026 con importantes cambios en su procedimiento de certificación. Desde el 1 de enero de 2026, entró en vigencia la versión 4 del procedimiento general DESPA-PG.29 – Certificación del Operador Económico Autorizado, aprobada mediante la Resolución de Superintendencia N.º 000281-2025/SUNAT.

 


Nuevos operadores pueden acceder a la certificación OEA

 

Una de las principales novedades de la versión 4 del DESPA-PG.29 es la ampliación de los tipos de operadores que pueden acceder a la certificación OEA. El procedimiento contempla, entre otros, al Agente de Carga Internacional y al Transportista de la vía aérea, incorporándolos expresamente dentro del alcance del Programa de Operador Económico Autorizado en Perú.

De esta manera, el programa OEA peruano amplía su alcance dentro de la cadena logística internacional y fortalece la participación de distintos operadores en la seguridad y facilitación del comercio exterior.

La SUNAT señala que el programa está alineado con el Marco Normativo SAFE de la Organización Mundial de Aduanas (OMA), orientado a fortalecer la seguridad de la cadena logística y facilitar el comercio internacional.

 


¿Qué implica la certificación OEA?

 

La certificación OEA reconoce a empresas y operadores de comercio exterior que cumplen determinados estándares de cumplimiento, seguridad y confiabilidad.

Entre las condiciones fundamentales consideradas por la SUNAT se encuentran una trayectoria satisfactoria de cumplimiento de la normativa vigente y sistemas adecuados de registros contables y logísticos, además de los requisitos específicos establecidos para cada tipo de operador.

La certificación también permite acceder a facilidades diferenciadas en los procesos aduaneros, que pueden contribuir al ahorro de tiempo y a la reducción de costos en las operaciones de comercio exterior.

 

 


Un cambio relevante para la cadena logística peruana

 

La incorporación de agentes de carga y transportistas aéreos representa un avance en la expansión del modelo OEA en Perú, al integrar nuevos actores que participan directamente en el movimiento internacional de mercancías.

Además, la SUNAT continúa actualizando el procedimiento para la obtención y mantenimiento de la certificación. En 2026, la Administración Aduanera también publicó criterios relacionados con la aplicación de la versión 4 a procedimientos que se encontraban en trámite antes de su entrada en vigencia.

Para las empresas que participan en el comercio exterior peruano, conocer estos cambios es fundamental para evaluar su elegibilidad, preparar sus procesos internos y mantener el cumplimiento de los requisitos establecidos por la SUNAT.

 

 


 

Modificación del Procedimiento General “Certificación del Operador Económico Autorizado” – DESPA-PG.29 (Versión 4)

Mediante la Resolución de Superintendencia Nº 000281-2025/SUNAT publicada el 04.09.2025 y vigente desde el 01.01.2026, se aprobó la modificación del Procedimiento General Certificación del Operador Económico Autorizado – DESPA-PG.29 (Versión 4), cuyos principales cambios son los siguientes:

– Incorpora nuevas facilidades relacionadas con la operatividad aduanera y la atención preferente.
– Incorpora al Agente de Carga Internacional y al Transportista Aéreo.
– Actualiza estándares de seguridad del Programa OEA.
– Contribuye al fortalecimiento de la seguridad de la cadena de suministro internacional.

Intendencia Nacional de Desarrollo e Innovación Aduanera

Callao, 14 de abril de 2026

 

Fuente: SUNAT – Programa Operador Económico Autorizado (OEA) y Procedimiento DESPA-PG.29, versión 4.

 

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