OEA Ecuador – Beneficios OEA

 

Legislación y procedimientos

 

  • De acuerdo con la legislación ecuatoriana, el Programa OEA está establecido en el COPCI (Código Orgánico de la Producción, Comercio e Inversiones), sus respectivos reglamentos nacionales y las resoluciones aduaneras correspondientes.

  • En febrero de 2018, mediante el Decreto Ejecutivo N.º 312, el Presidente de Ecuador declaró el Programa OEA como parte de la Política de Facilitación del Comercio Exterior.

  • Resolución N.º SENAE-SENAE-2023-0075-RE: Reglamento del Operador Económico Autorizado (OEA).

     


Beneficios generales

 

Medidas destinadas a agilizar el despacho de mercancías, reducir los tiempos de operación y disminuir los costos.

  • Tramitación y despacho acelerado de envíos.

  • Presentación de una única declaración de mercancías para todas las importaciones o exportaciones realizadas durante un período determinado.

  • Número mínimo de inspecciones de seguridad de la carga.

  • Baja tasa de inspecciones y exámenes físicos.

  • Notificación previa y tratamiento prioritario cuando sea necesario realizar un control físico.

  • Uso prioritario de equipos de inspección no intrusiva.

  • Autoevaluación de derechos e impuestos utilizando los registros comerciales del OEA (Operador Económico Autorizado).

  • Pago diferido y/o periódico de tasas, impuestos, emolumentos y otros cargos.

  • Garantías globales o reducidas.

  • Gerente de cuenta dedicado, asistencia técnica, coordinador de clientes, punto de contacto, especialista en seguridad de la cadena de suministro (SCSS), entre otros.

  • Servicios aduaneros ampliados fuera del horario habitual de atención.

  • Respuesta prioritaria a las solicitudes de dictámenes de las autoridades aduaneras nacionales.


Beneficios adicionales

 

  • Reconocimiento nacional e internacional como operador de comercio exterior que implementa medidas de seguridad para minimizar los riesgos en la cadena logística de suministro.

  • Reducción del número de inspecciones de mercancías y medios de transporte, mediante controles intrusivos o no intrusivos, de acuerdo con los perfiles de riesgo.

  • Reducción de los controles aduaneros aplicables a las importaciones, conforme a los criterios de los perfiles de riesgo.

  • Reducción de los tiempos de asignación y de inspección física.

  • Autorización para utilizar el logotipo del Programa OEA de Ecuador con fines publicitarios de la empresa.

  • Difusión del logotipo de la empresa por parte de la Administración Aduanera en su sitio web institucional, invitaciones a eventos nacionales e internacionales, entre otros medios, previa autorización del OEA.

  • Eliminación de garantías en el Despacho con Pago Garantizado.

  • Exención de garantías aduaneras en los casos de Despacho con Pago Garantizado, Despacho Aduanero Directo, Descarga en Lugares No Habilitados y Descarga Directa, para importadores OEA.

  • Transmisión de Declaraciones Aduaneras de Importación bajo el régimen de importación para el consumo, sin régimen precedente, sin intervención de un Agente de Aduana, para importadores OEA.

  • Exención de la prueba de suficiencia para la autorización de asistentes de Agentes de Aduana OEA.

  • Beneficios derivados de los Acuerdos de Reconocimiento Mutuo (ARM).


Beneficios en el marco de los Acuerdos de Reconocimiento Mutuo (ARM)

 

  • Acreditación internacional de la cadena de suministro: reconocimiento por parte de otras administraciones aduaneras, mediante Acuerdos de Reconocimiento Mutuo, como operador de bajo riesgo.

  • Mejora de la eficiencia económica: reducción de los tiempos y costos asociados a los controles aduaneros transfronterizos mediante el tratamiento prioritario.

  • Reducción de costos y retrasos mediante inspecciones prioritarias en la selección de la carga, facilitando las entregas just in time.

  • Asesoramiento y asistencia ante problemas imprevistos con agencias de control fronterizo extranjeras que hayan suscrito Acuerdos de Reconocimiento Mutuo (ARM).


Beneficios por tipo de operador

 

Importadores

  • Notificación de la intención de despacho antes de la llegada de las mercancías, es decir, despacho aduanero anticipado.

  • Declaraciones electrónicas sin documentos justificativos.

  • Atención especial a la facilitación del despacho aduanero para pequeñas y medianas empresas (PYMES).

  • Aceptación de copias autocertificadas de certificados de origen relacionados con acuerdos de libre comercio, acuerdos de alcance parcial o cualquier otro certificado exigido para el despacho aduanero.

  • Exención de escolta aduanera, excepto en los casos de cargas de naturaleza específica que la Aduana identifique como de mayor riesgo.


Exportadores

  • Liberación más rápida de los valores correspondientes a los reembolsos.

  • Declaraciones electrónicas sin documentos justificativos.

  • Obtención de la autorización de exportación sin necesidad de trasladar la carga al área aduanera.

  • Ingreso directo al puerto para contenedores cargados en fábrica destinados a la exportación.

  • Atención especial a la facilitación del despacho aduanero para pequeñas y medianas empresas (PYMES).


Agentes de Aduana

  • Ampliación de la vigencia de las licencias de los agentes, por un período equivalente al de la validez de la certificación OEA.

  • Renovación automática de la licencia.

  • Exención de la tasa de renovación de la licencia de agente.

  • Requisitos para el despacho aduanero a nivel nacional.

  • Posibilidad de presentar libremente la declaración de exportación en cualquier oficina aduanera.

  • Tratamiento prioritario en la cadena de despacho aduanero: los envíos declarados por un Agente de Aduana OEA serán procesados antes que las declaraciones de agentes que no cuenten con esta certificación.

  • Tratamiento y despacho prioritarios de las cargas.


Almacenes

  • Aprobación más rápida de nuevos almacenes dentro de un plazo determinado, una vez presentada la documentación completa, o mediante un simple procedimiento de notificación.

  • Exención de la verificación de antecedentes, generalmente exigida para la concesión de la licencia de almacén.

  • Requisitos simplificados para la obtención de licencias de almacenes.

  • Exención del requisito de certificado de solvencia.

  • Exención o reducción de la garantía financiera y de otros requisitos relacionados con la licencia de almacenamiento.

  • Ampliación de la vigencia de la licencia de almacenamiento, por un período equivalente al de la certificación OEA.

  • Renovación automática de la licencia.


Operadores Logísticos

  • Exención o reducción de la garantía financiera en operaciones de transbordo, tránsito, manipulación o transporte de mercancías.

  • Facilidades para obtener una garantía de pago global que cubra diversas obligaciones.

  • Tránsito facilitado sin necesidad de autorización aduanera.

  • Exención de escolta aduanera para el traslado de mercancías a otra oficina aduanera o depósito aduanero.


Transportistas / Cargadores

  • Renovación garantizada de la licencia para el tránsito de mercancías y de otras licencias emitidas por la Aduana y otras agencias.

  • Autorización para trasladar mercancías de un lugar a otro bajo una garantía global, con exención o reducción de la garantía financiera.

  • Carriles exclusivos para vehículos en los puntos fronterizos.

  • Disponibilidad prioritaria de espacios para la custodia, inspección y descarga de mercancías.


Operadores Portuarios / Terminales

  • Exención o reducción de la garantía financiera exigida para la licencia de operador.

  • Ampliación de la vigencia de la licencia de operador y renovación automática.


Fabricantes

  • Exención de los requisitos relativos al almacenamiento de mercancías en áreas aduaneras para los envíos de exportación de fabricantes OEA.

  • Entrega directa en el puerto para garantizar la gestión de inventarios just in time por parte de los fabricantes OEA.


Empresas Usuarias de Zonas Francas

  • Disponibilidad de opciones de pago electrónico para el cobro de tasas e impuestos.

  • Presentación electrónica de solicitudes para procesos de autorización y procedimientos de validación electrónica.

  • Pago diferido de tasas, impuestos, emolumentos y otros cargos, o pago periódico de tasas e impuestos.

  • Exenciones, reducciones o reembolsos de garantías financieras.

  • Liberación más rápida de los valores correspondientes a los reembolsos.

  • Tramitación más rápida de reembolsos y resoluciones judiciales.

  • Aceptación de copias autocertificadas de certificados de origen relacionados con Tratados de Libre Comercio (TLC), Acuerdos Comerciales Preferenciales (ACP) u otros certificados exigidos para el despacho aduanero.

  • Declaraciones electrónicas sin documentos justificativos.

  • Obtención de la autorización de exportación sin necesidad de trasladar la carga al área aduanera.

  • Ingreso directo al puerto para contenedores cargados en fábrica destinados a la exportación.

  • Notificación de la intención de despacho antes de la llegada de las mercancías, es decir, despacho aduanero anticipado.

  • Precalificación para procedimientos simplificados, incluyendo la posibilidad de un proceso de una sola etapa (levante y despacho simultáneos) o de dos etapas (levante seguido del despacho), según la preferencia del importador.

  • Participación en el desarrollo de nuevas políticas y programas relacionados con las Zonas Francas.


Operadores de Comercio Electrónico Transfronterizo

  • Facilitación de los procedimientos de devolución, incluyendo un sistema electrónico de reembolso/devolución basado en requisitos de datos consistentes y una conciliación eficiente entre los productos importados y los devueltos.

  • Disponibilidad de opciones de pago electrónico para el pago de tasas e impuestos.

  • Presentación electrónica de solicitudes para procesos de autorización y procedimientos de validación electrónica en el comercio electrónico.

  • Declaraciones electrónicas sin papel, sin necesidad de documentos justificativos, mediante el envío anticipado de datos electrónicos.

  • Posibilidad de presentar libremente la declaración de exportación/importación en cualquier oficina aduanera.

  • Pago diferido de tasas, impuestos, emolumentos y otros cargos, o pago periódico de tasas e impuestos.

  • Beneficios fiscales mediante la agilización de los procedimientos de devolución de impuestos, drawback y otras licencias y autorizaciones.

  • Designación de gestores de cuenta dedicados para ayudar a los participantes del comercio electrónico a coordinar y resolver cuestiones aduaneras y asuntos relacionados.

  • Servicios aduaneros ampliados fuera del horario habitual de atención.

  • Respuesta prioritaria a las solicitudes en línea de resoluciones anticipadas sobre valoración aduanera, Sistema Armonizado (SA) y reglas de origen.

  • Posible reducción o exención de tasas y cargos de almacenamiento y licenciamiento.

  • Participación en el desarrollo de nuevas políticas y programas relacionados con el comercio electrónico transfronterizo.

  • Participación prioritaria en nuevas iniciativas y proyectos piloto de facilitación del comercio electrónico transfronterizo.

Fonte: https://www.wcoomd.org/ y https://www.aduana.gob.ec/oea/beneficios/
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