OEC Uruguay – Acuerdos de Reconocimiento Mutuo (ARM)
Beneficios a los exportadores e importadores uruguayos en el marco de los Acuerdos de Reconocimiento Mutuo (ARM) de los Programas Operador Económico Autorizado (OEA).
Tal como lo reconoce la Organización Mundial de Aduanas (OMA), los ARM entre las aduanas de dos o más países, constituyen en herramientas de facilitación comercial a través de la armonización de procesos que generen un equilibrio entre la facilitación y el control.
La figura del Operador Económico Autorizado (OEA) y los ARM son instrumentos que potencian el acceso a los mercados globales, expresado en una reducción del nivel de riesgo asociado al operador y a su operación comercial, tanto en los mercados de origen como en los de destino, implicando una reducción en el número de inspecciones y por consiguiente de tiempos de despacho.
El Objetivo de los ARMs es que la administración aduanera reconozca los resultados de la validación y las autorizaciones de OEA realizados y/o emitidos por la otra administración aduanera, comprometiéndose recíprocamente, a proporcionar importantes y comparables beneficios a los operadores económicos autorizados por la contraparte en el acuerdo.
La Dirección Nacional de Aduanas de Uruguay ha suscrito ARM en materia de OEA, a nivel bilateral, con las siguientes administraciones aduaneras: Argentina, Bolivia, Brasil, China, Colombia, Corea, y Perú; y a nivel multilateral con las Aduanas del MERCOSUR.
Beneficios
Los exportadores e importadores certificados OEC, acceden a los siguientes beneficios que se otorgan en el macro de los ARM firmados:
(a) Reducción de la verificación de los documentos;
(b) Reducción de las inspecciones de los bienes importados y exportados;
(c) Prioridad otorgada a la inspección de cualquier carga seleccionada para examen físico;
(d) Funcionarios aduaneros designados como punto de contacto entre las aduanas, para garantizar la implementación de los beneficios acordados.
(e) Medidas de despacho prioritarias que se apliquen al restablecer los servicios, luego de un evento de interrupción del comercio internacional, como aumentos de los niveles de alerta de seguridad, cierres de fronteras, desastres naturales, emergencias peligrosas u otros incidentes importantes.
De esta manera,
– Los exportadores OEC reciben una reducción en las inspecciones al momento de salida de Uruguay y al momento del ingreso de la carga en los países de destino con los cuales se haya suscrito un ARM, de acuerdo con los sistemas de riesgo aplicados por cada país.
– Los importadores, tengan o no una certificación OEC, que negocian con empresas certificadas OEA por alguno de los países con los cuales se haya suscrito un ARM, reciben igualmente una reducción en las inspecciones al momento del ingreso de la carga de acuerdo con los sistemas de riesgo.
Los exportadores OEC en Uruguay:
Los exportadores certificadas como OEC en Uruguay que realicen operaciones de exportación con destino a los países de Argentina, Bolivia, Brasil, China, Colombia, Corea y Perú deberán informara al importador respectivo de dichos países, el código asignado en Uruguay como exportador OEC; el cual se conforma con la siguiente estructura: “código de país (UY)” + código o RUT de empresa OEC (12 dígitos) ej.: UY123456789012. La Aduana de destino confirma la identidad de la empresa OEC de Uruguay y proporciona las medidas de facilitación pertinentes.
Los importadores sean o no OEC en Uruguay:
En las declaraciones aduaneras de importación o en las declaraciones de carga por vía marítima, aérea o terrestre, en las que intervengan proveedores extranjeros que tengan la calidad de “Operador Económico Autorizado” (OEA) en los países de Argentina, Bolivia, Brasil, China, Colombia, Corea y Perú, el Declarante o el Despachante de aduana interviniente deberá consignar en la declaración el “Segmento de Asociaciones de Operador Económico Autorizado” incluyendo los siguientes datos identificatorios del OEA extranjero:
a. Código de País del Operador :
b. Identificador de Empresa
c. Identificador de Rol del Operador
Las empresas exportadoras certificadas OEA en el extranjero deben informar al importador uruguayo su código OEA, con la siguiente estructura: OEA + Código ISO país + código tributario o de registro de empresa, debiendo consignar dicha información en el sistema Lucia.
La Direccion Nacional de Aduanas confirmará la identidad de la empresa OEA declarada y proporciona las medidas de facilitación pertinentes.
Fonte: Operador Económico Calificado Uruguay
Acuerdos de Reconocimiento Mutuo (ARM) firmados:
Listado de ARMs firmados y Planes de Acción:
PAIS | FECHA | Noticia |
Brasil | Diciembre 2016 | Leer |
Corea del Sur | Diciembre 2017 | Leer |
Perú | Marzo 2018 | Leer |
Bolivia | Abril 2018 | Leer |
China | Abril 2019 | Leer |
Argentina | Noviembre 2019 | Leer |
MERCOSUR (Argentina, Bolivia, Brasil, Paraguay y Uruguay) | Noviembre 2019 | Leer |
Colombia | Noviembre 2021 | Leer |
ARM Regional (Argentina, Brasil, Chile, Colombia, Costa Rica, Guatemala, Paraguay, Perú, República Dominicana y Uruguay) | Mayo 2022 | Leer |
Estados Unidos | Julio 2022 | Leer |
Planes de Acción
PAIS | FECHA | Noticia |
MERCOSUR – Alianza Pacífico | Julio 2019 | Leer |
Ecuador | Marzo 2023 | Leer |
Guía de Implementación de Beneficios ARM OEA
Guía para la Implementación de Beneficios ARM Uruguay-Brasil
Guía para la Implementación de Beneficios ARM Uruguay- Colombia
Guía para la Implementación de Beneficios ARM Uruguay- Corea
Guía de Implementación de ARM Mercosur